Ad impossibilia nemo tenetur es un latinismo que literalmente significa "nadie está obligado a cosas imposibles" y que, en el ámbito jurídico, hace referencia al principio general del Derecho, que nos dice que nadie se encuentra obligado a cumplir con lo imposible .
Se trata de un latinismo no adaptado, por lo que debe ser escrito en letra cursiva o entre comillas y sin tilde:
Se trata de un latinismo no adaptado, por lo que debe ser escrito en letra cursiva o entre comillas y sin tilde:
- ad impossibilia nemo tenetur (incorrecto, se escribe en cursiva o entre comillas)
- ad impossibilia nemo tenétur (incorrecto, se escribe sin tilde)
- ad impossibilia nemo tenetur (correcto)
- "ad impossibilia nemo tenetur" (correcto)
- La expresión ad impossibilia nemo tenetur se utiliza para resumir el principio, según el cual, si una obligación se vuelve objetivamente imposible de cumplir para la parte que la asumió, la obligación es nula por imposibilidad objetiva...
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